La arena-la segunda materia prima más consumida por el hombre tras el agua- es un material insustituible en la construcción y las obras públicas, pues constituye el elemento básico de hormigones, morteros y prefabricados en la edificación; de las bases, sub-bases y aglomerados asfálticos en carreteras; del balasto de las vías de ferrocarril, además de otros usos importantes cómo escolleras, micronizados, etc…. La explotación de arena es el sub-sector minero no energético más importante en cuánto a producción y valor de la producción mundial, incluidos los fosfatos.

Los desembarcos de arena procedentes de los territorios ocupados del Sáhara Occidental son almacenados en los silos de los muelles de Santa Cruz de Tenerife(PROYECTO DOVER S.L) y Las Palmas de Gran Canaria (GRANINTRA S.A) para su posterior transformación en diversos productos de la construcción (morteros, cementos..), esta es una parte de la hoja del producto Mortero de albañileria de uso corriente:

Ficha tecnica Mortero M10

Características técnicas mortero especial enlucidos

 

Es un ejemplo concreto del camuflaje al que someten los expoliadores de arena las materias primas con las que trafican gracias a la inmunidad que les da el Gobierno de Canarias, por activa o por pasiva, por no imponer los controles de trazabilidad exigibles a las importaciones de materias primas desde unos territorios pendientes de descolonizar y las autoridades portuarias de Las Palmas y Tenerife (Puertos del Estado, Ministerio de Fomento, Gobierno de España) no haciendo público los datos e impidiendo el acceso a dichas informaciones, cómo tienen la obligación de hacer.

122.889 toneladas desembarcadas en Las Palmas con origen El Aaiún ocupado

La Plataforma por trabajo digno sin expoliar Africa y la Asociación de colon@s del Sáhara español, asesorados por el Observatorio de los recursos naturales del Sáhara Occidental monitoriza los desembarcos de un expolio del que sólo se puede demostrar documentalmente una pequeñísima parte y cada vez más pequeña al ser menos y más efímeros los datos sobre estos desembarcos así cómo el acceso a las instalaciones portuarias dónde se trafica con estas mercancías, la monitorización se centra en la web de las autoridades portuarias, y se documenta con los anuncios en prensa de dichas llegadas, ya que no figura histórico en las diferentes webs, ni en las memorias de las autoridades portuarias, salvo el caso excepcional de la memoria del 2009 de la autoridad portuaria de Las Palmas, dónde detalla en su página 96 y 101, exactamente 122.889 toneladas desembarcadas con procedencia de El Aaiún, y que sólo pueden corresponder a toneladas de arena, única materia prima llegada a esta autoridad portuaria desde este puerto de origen.

Planta sococimex

Fábrica de cemento SOCOCIMEX en el puerto de El Aaiun ocupado, diciembre 2010

La grave crisis de la construcción en España, llegando en 2011 a los niveles de consumo de cemento de 1989, no impide que la construcción de grandes complejos turísticos en Cabo Verde y Madeira mantengan la introducción de arena saharaui robada para su transformación, así mismo la financiación de proyectos estratégicos para el ocupante, cómo el del puerto de La Playa de El Aaiún, ha permitido que allí mismo se instale una fábrica de cemento para, importando el clinker, fabricar allí el mortero-cemento y no cesar el expolio y las ganancias que produce.

 

 

OPINIÓN DE LA ONU SOBRE LOS RECURSOS NATURALES DE LOS TERRITORIOS NO AUTÓNOMOS PENDIENTES DE DESCOLONIZAR (extracto de la conferencia de Hans Correll en Pretoria en Diciembre de 2008)

En 2002, el Consejo de Seguridad solicita a la Oficina de Asuntos Legales de las Naciones Unidas su opinión  sobre «la legalidad en el contexto del derecho internacional, incluyendo las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad y de la Asamblea General de las Naciones Unidas, y los acuerdos relativos al Sáhara Occidental, de acciones supuestamente emprendidas por las autoridades marroquíes que consistían en la oferta y firma de contratos con empresas extranjeras para la exploración de recursos minerales en el Sáhara Occidental».

Hans Correll, en calidad de Vicesecretario General de Asuntos Legales y Asesor Legal de las Naciones Unidas, transmitió esta opinión legal al presidente del Consejo de Seguridad en una carta fechada el 29 de enero de 2002 (Doc. ONU. S/2002/161),  el principal problema identificado era si el principio de «soberanía permanente» prohíbe toda actividad relacionada con los recursos naturales emprendida por un poder administrador en un territorio sin gobierno autónomo, o sólo aquellas que se emprenden sin tener en cuenta las necesidades, los intereses y el beneficio de las personas de dicho territorio.

Resulta de interés resaltar, según se menciona en la opinión legal, que la Misión de visita de las Naciones Unidas en 1975 al Sáhara español señaló que, en el momento de la visita, cuatro empresas ostentaban concesiones para la exploración en las costas del Sáhara Occidental. Al comentar la explotación de los depósitos de fosfato en la región de Bu Craa con algunos funcionarios españoles, se explicó a la misión que los ingresos que esperaban obtenerse se utilizarían para beneficio del Territorio, que España reconocía la soberanía de la población del Sáhara sobre los recursos naturales del Territorio y que, aparte de la devolución de la inversión, España no pedía beneficio alguno de los ingresos. La cuestión es cómo trata Marruecos este tema en la actualidad.

Puede, desde luego, realizarse una distinción entre los recursos renovables y no renovables. Una importante fuente no renovable del Sáhara Occidental es la pesca. Pero creo que es justo decir que la ley aplicable a los Territorios sin Gobierno propio no realiza distinción entre los diferentes recursos: todos deben utilizarse en el interés de los pueblos en dichos Territorios.